sábado, 18 de octubre de 2008

El terraplén continúa pese a la sentencia de demolición

Una sentencia sin precedentes para la jurisprudencia ambiental de Argentina lleva casi un año esperando su ejecución. Por primera vez en América Latina un fallo judicial ordena la demolición de una obra de construcción ilegal por su impacto ambiental.

El gobierno de provincia de Corrientes no consigue cumplir una sentencia del máximo tribunal judicial del distrito, que ordenó hace casi un año demoler un terraplén construido por la empresa Forestal Andina diseñado para ganar tierra al agua a la manera de un pólder. Cuando se produjo el fallo en primera instancia, tenía apenas un kilómetro y medio.

Ahora, octubre de 2008, ya tiene 30 kilómetros de largo, 1,5 metros de alto y seis de ancho. Obviamente si no tenían permiso para construir dentro de la reserva natural “Rincón del Socorro”, menos cumplieron con el requisito previo de realizar una Evaluación de Impacto Ambiental.

Hoy esa “obra” está dañando al valioso ecosistema de los Esteros del Iberá, reserva natural de 1,3 millones de hectáreas de bañados, bosques, lagunas de baja profundidad, pastizales, selvas y palmares. El área es hábitat de más de un centenar de especies de peces, 40 de anfibios, 60 de reptiles y unas 345 aves, además de mamíferos como el aguará-guazú (“zorro grande” en guaraní), el lobito de río, y el venado de las pampas.La reserva es compartida entre el estado provincial y propietarios privados.

Las autoridades controlan sobre todo las aguas, mientras la mayor parte de la tierra firme está privatizada y dedicada a la explotación ganadera y forestal, a la agricultura y al turismo.Pobladores del Paraje Yahaveré, afectados por el terraplén, llevaron el caso a los tribunales en 2005, con asesoramiento legal financiado por Conservation Land Trust, una fundación del ecologista y millonario estadounidense Douglas Tompkins. Tras sucesivas apelaciones, ganaron la demanda. Los jueces estimaron que “no puede beneficiarse a quien desobedeció la orden cautelar” en primera y segunda instancia, porque se dejaría el precedente de que en cuestiones ambientales “siempre conviene litigar sobre la base de hechos consumados, pues retroceder las cosas implicaría un daño mayor”.

La justicia estableció que si la empresa no procedía a la demolición, la tarea quedaba en manos del gubernamental Instituto Correntino del Agua y el Ambiente (ICAA), que tiene poder de control y policía en la reserva.Ejecutar la sentencia no es tan fácil. “El expediente está en proceso de ejecución”, dijo a Tierramérica la abogada de los demandantes, Patricia Mc Cormack, pero hay “dilaciones” en el trámite. (Absolutamente creíble en la Argentina)El abogado Juan Delsín, gerente jurídico del ICAA, aseguró que el organismo provincial “tiene voluntad de cumplir la sentencia… estamos esperando que el Poder Ejecutivo nos autorice el gasto de 500.000 dólares para la demolición”.

Pese a todo, la orden judicial constituye un precedente en la jurisprudencia ambiental, según Mc Cormack. “Es la primera vez que la justicia da una orden de estas características”, remarcó.Andrés Nápoli, de la Fundación Ambiente y Recursos Naturales, coincidió en que la sentencia es inédita.

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